Asuntos Legales - Editorial La República. Bogotá, abril 20 de 2018.
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/norma-anti-elusion-frecuentemente-ignorada-2716272

La Ley 1819 de diciembre de 2016 (“Reforma”) introdujo una norma anti-elusión cuyos efectos son relevantes. Al respecto, el artículo 28-1 del Estatuto Tributario (“ET”) establece:

Asuntos Legales - Editorial La República. Bogotá, marzo 2 de 2018.
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/venta-de-acciones---retenciones-aplicables-2605024

La DIAN fijó su posición frente a las retenciones aplicables a los diferentes escenarios en los que se enajenen cuotas, acciones o participaciones (“Participaciones”). Así, mediante un concepto controversial, pero ciertamente obligatorio para la DIAN y por ende útil a la hora de definir las retenciones por compra de Participaciones, esta Entidad, en medio del caos normativo, definió su posición frente a ciertas retenciones por venta de acciones, la cual complementamos con escenarios adicionales:

 

Asuntos Legales - Editorial La República. Bogotá, diciembre 12 de 2017.
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/iva-sobre-servicios-prestados-desde-el-exterior-2580308

La Ley 1819 de 2016 (“Reforma”) efectuó importantes cambios al régimen de IVA por servicios prestados desde el exterior, a favor de destinatarios en Colombia. Antes de la Reforma, solo ciertas categorías (v.g. asistencia técnica, consultoría, etc.) de los servicios aludidos eran gravados en Colombia, pero actualmente todos los servicios prestados desde el exterior a favor usuarios “directos o destinatarios con residencia, domicilio o establecimiento permanente” en Colombia se entienden prestados en el país, lo que naturalmente deviene en IVA sobre dichos servicios.

Asuntos Legales - Editorial La República. Bogotá, enero 26 de 2018.
https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/rentas-no-laborales---giro-de-180-2592718

Actualmente los individuos deben clasificar sus ingresos en canastas o cédulas. Respecto a la canasta de rentas no laborales (“RNL”), en términos generales en ella se incluyen los honorarios percibidos por individuos que contraten a más de un trabajador o contratista para su actividad, durante más de 89 días al año, así como cualquier ingreso cuya inclusión no se requiera en las cédulas de trabajo, pensiones, capital o dividendos. En la práctica, las RNL más comunes son las recibidas por profesionales independientes que cumplan los requisitos indicados y las originadas en la venta de inventarios por parte de personas naturales. 

La República. Bogotá, noviembre 24 de 2017.
https://www.larepublica.co/asuntos-legales/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/iva-en-arrendamiento-de-inmuebles-2573447

Dadas las múltiples hipótesis normativas, el IVA en el arrendamiento de inmuebles se ha convertido en algo muy casuístico. A continuación, se señalan los diferentes escenarios:

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