https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/declaracion-de-activos-en-el-exterior-sanciones-3986515
Los contribuyentes del impuesto de renta que sean residentes fiscales deben reportar ante la DIAN sus activos a nivel mundial, incluyendo aquellos en el exterior mediante la declaración aludida (“DAE”). Las DAE no generan ningún impuesto ya que son simplemente informativas; el problema está en la manera tan absurda como la norma establece las sanciones por su presentación extemporánea o por omitirlas.
Leer más: Declaración de Activos en el Exterior: sanción por extemporaneidad y por omisión
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El primer proyecto de reforma tributaria presentado por el Gobierno en septiembre de 2024 (“Proyecto”), busca incrementar sustancialmente el impuesto al patrimonio (“IAP”). El Proyecto busca incluir dentro de los obligados a pagar este impuesto a las sociedades nacionales y a los establecimientos permanentes de entidades extranjeras (“EP”), busca ampliar sustancialmente el número de personas naturales cobijadas con el IAP, e incrementa sustancialmente las tarifas de dicho impuesto, de la manera que se detalla a continuación:
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El reconocimiento de costos, deducciones, pasivos e impuestos descontables (“Prerrogativas Fiscales” o “PF”), se supedita a que el giro correspondiente se efectúe a través de: (i) depósitos, transferencias o giros bancarios, (ii) cheques girados al primer beneficiario, o (iii) tarjetas (v.g. de crédito y débito). Este incentivo a la bancarización obedece a razones de control fiscal y de lavado de activos, e incrementa el recaudo del regresivo GMF (conocido como 4xmil). A continuación, sucintamente se analizan los medios de pago restringidos:
Leer más: Restricciones al uso de efectivo y de otros medios de pago
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Quienes antes del 14 de diciembre de 2024 paguen el 100% del capital adeudado a Bogotá por multas, sanciones e impuestos distritales, podrán acogerse a una reducción del 80% de las sanciones e intereses que se hubieren causado hasta la fecha de pago. A continuación, las generalidades y condiciones de cada uno de los 5 escenarios en los que proceden estos alivios:
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https://www.asuntoslegales.com.co/analisis/sebastian-rodriguez-bravo-510921/cuentas-exentas-de-4x1-000-3893473#:~:text=La%20disposici%C3%B3n%20mensual%20de%20recursos,dep%C3%B3sito%20de%20bajo%20monto%20exento.
A continuación, enumeramos las cuentas más representativas que están exentas del Gravamen a los Movimientos Financieros (“GMF”). El GMF se conoce como el 4xmil, porque equivale a un impuesto de $4 por cada $1000 (0.4%) sobre cada transacción financiera, mediante la cual se disponga de recursos (v.g. giros, transferencias, retiros, pagos utilizando productos financieros).